Carácter moral para solicitar la ciudadanía


9/24/2015, midnight
Carácter moral para  solicitar la ciudadanía

Como residente permanente de Estados Unidos, usted puede ser elegible para solicitar la ciudadanía (naturalización) después de cumplir con varios requisitos, uno de los cuales es ser una persona con buen carácter moral (good moral character/GMC). Por lo general, como solicitante usted tiene que demostrar buen carácter moral principalmente durante los últimos 5 años de su residencia (o 3 años si recibió su residencia como cónyuge de un ciudadano y siguen casados). Además, su conducta antes de los últimos 5 años (o 3 años) también puede ser tomada en cuenta para la determinación de buen carácter.

Buen carácter moral para propósitos migratorios quiere decir cumplir con las normas promedio establecidas por los ciudadanos de la comunidad en la cual vive el solicitante. Esto quiere decir que el buen carácter es una característica con flexibilidad. Por lo tanto, el Servicio de Inmigración (USCIS) determina si un solicitante cumple con el requisito de buen carácter moral individualmente para cada caso y cada caso es único.

En su determinación de buen carácter, los oficiales revisan el record del solicitante, las declaraciones hechas por el solicitante en su petición y el testimonio del solicitante durante su entrevista para la ciudadanía, para determinar si el solicitante ha cometido infracciones penales, ilegales o moralmente cuestionables.

Puede ser que no se considere que usted tenga un buen carácter moral si ha cometido las siguientes infracciones penales: conducir bajo la influencia (DWI); violencia doméstica; robo; ser deudor por manutención infantil o posesión de sustancias ilícitas, especialmente si estos delitos fueron cometidos durante los últimos 5 años (o 3 años).

Ciertos delitos como asesinato o un delito mayor (aggravated felony) excluyen al solicitante de poder establecer buen carácter moral por completo y hasta pueden hacer que el solicitante sea sujeto a procedimientos de deportación.

Tenga en cuenta que un oficial considerará no solo sus actos negativos, sino también lo positivo cuando tome la determinación de su buen carácter moral. Es decir, si usted tiene una mala tacha en su record (una convicción previa por un delito menor, por ejemplo) el Servicio de Inmigración investigará los factores positivos para determinar si éstos sobrepasan su delito y demuestran que, principalmente, usted sí tiene buen carácter moral.

El Servicio de Inmigración asesorará sus características favorables como enlaces familiares, educación, historial de empleo, conducta positiva en el respeto de las leyes estadounidenses (como el pago de impuestos o la manutención familiar), relación con la comunidad, rehabilitación, o cumplimiento de los términos de una libertad condicional.

Es importante tener presente que si usted falló en presentar y pagar sus impuestos federales (federal income tax re-

turns) tendrá una tacha negativa en su contra (especialmente si ocurrió en los últimos 5 años o 3 años), ya que al no pagar sus impuestos usted no cumplió con las leyes federales. Pero, si usted actualmente ha comenzado a pagar sus impuestos bajo un acuerdo con la corte o con el IRS y está siguiendo los términos de ese acuerdo, entonces jugará a su favor para la determinación de buen carácter moral.

Si usted no tiene ninguna otra tacha negativa en su historial, es probable que entonces sus características positivas sobrepasen su única infracción negativa y usted sea considerado como una persona de buen carácter moral para propósitos de ciudadanía. Pero recuerde: cada determinación de buen carácter moral es única, y usted también tiene que cumplir con todos los requisitos para la ciudadanía, para que su petición sea aprobada. El buen carácter moral es solamente una parte de los requisitos y de la petición.

Si tiene preguntas sobre cómo obtener la ciudadanía estadounidense y en particular sobre cómo demostrar buen carácter moral, necesita representación frente a la Corte de Inmigración, o tiene preguntas sobre cualquier otro beneficio inmigratorio, llame al (512) 617-9600 para una consulta con un abogado acreditado y con experiencia en casos de Inmigración, como los abogados de Morales & O’Connor, PLLC.