El Proceso del ‘parole in place’ para promover la unidad de las Familias
7/18/2024, 1 a.m.
El 18 de junio, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció acciones para promover la unidad familiar en el proceso de inmigración. Este anuncio es consistente con el compromiso de la administración Biden-Harris de mantener unidas a las familias. DHS ha establecido este proceso para considerar, caso por caso, las solicitudes de permiso de permanencia en el país (“parole in place”) de ciertos no ciudadanos cónyuges de ciudadanos estadounidenses que han estado en Estados Unidos durante al menos una década.
Si se les concede el permiso de permanencia en el país, los no ciudadanos que son elegibles para solicitar la residencia permanente legal basada en su matrimonio con un ciudadano estadounidense podrán hacerlo sin tener que salir de Estados Unidos.
USCIS no está aceptando solicitudes bajo este proceso en este momento. Se comenzarán a aceptar solicitudes el 19 de agosto. Si presenta su solicitud antes del 19 de agosto, será rechazada de acuerdo con información emitida por el DHS. La oficina publicará más información sobre la elegibilidad y el proceso de solicitud próximamente.
Elegibilidad
Para ser considerado a una concesión discrecional del permiso de permanencia en el país, caso por caso, bajo este proceso, usted debe:
Estar presente en EE.UU. sin haber sido admitido ni tener permiso de permanencia temporal;
Haber estado presente de manera continua en Estados Unidos durante al menos 10 años al 17 de junio de 2024; haber estado en un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024; no tener antecedentes penales que lo descualifiquen o que de otra manera constituyan una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública; y de otra manera, ameritar un ejercicio favorable de la discreción.
También, se podrán considerar a ciertos hijos no ciudadanos de solicitantes bajo este proceso si, al 17 de junio de 2024, estaban físicamente presentes en Estados Unidos sin haber sido admitido ni tener permiso de permanencia temporal, y tienen una relación de hijastro cualificada con un ciudadano estadounidense.
EL DHS explicará con más detalle la elegibilidad y el proceso de solicitud, incluido el formulario a utilizar y las tarifas de presentación asociadas. Si presenta su solicitud antes de la fecha de implementación indicada, su solicitud será rechazada.
El DHS proporcionará información adicional en la página web Proceso para Promover la Unidad y Estabilidad de las Familias a medida que esté disponible.
Protéjase de la Estafas
Recuerde que las estafas de inmigración son extremadamente comunes.
Aún no puede solicitar este proceso. Si ve a alguien ofreciendo sus servicios para presentar una solicitud antes de que se publique la notificación en el Registro Federal o abra el proceso, consulte página web del DHS “Denuncie Estafas de Inmigración”.
Recuerde que, en Estados Unidos, un notario público no está autorizado para brindarle ningún servicio legal relacionado con la inmigración. Solo un abogado con licencia para ejercer la abogacía en Estados Unidos o un representante acreditado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia puede brindarle asesoramiento legal.
Para protegerse de posibles estafas
No pague por los formularios de solicitud del gobierno: los formularios son gratuitos y puede descargarlos en uscis.gov/es/formularios.
Pida un acuerdo por escrito que describa los servicios que se proporcionarán y que esté firmado por el proveedor. Lea el acuerdo antes de firmarlo y guarde la copia firmada en sus archivos; obtenga copias de los documentos preparados para usted; y pida un recibo escrito que incluya el nombre y la dirección del proveedor. Visite la página de uscis.gov para obtener más información.
Lo que Puede Hacer
Aunque actualmente no se están aceptando solicitudes, usted puede comenzar a prepararse para presentar una solicitud de permiso de permanencia en el país reuniendo evidencia de su elegibilidad, como:
Evidencia de un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024, como un certificado de matrimonio; documentación de prueba de identidad, incluidos los documentos caducados, que pueden incluir:
licencia de conducir o identificación válida del estado o país; certificado de nacimiento con identificación con foto; pasaporte válido; o cualquier documento emitido por el gobierno que muestre el nombre, la fecha de nacimiento y la foto del solicitante. evidencia de la ciudadanía estadounidense de su cónyuge, como un pasaporte, certificado de nacimiento o certificado de naturalización; documentación para demostrar que ha estado presente de manera continua en Estados Unidos durante al menos 10 años, al 17 de junio de 2024.
Los ejemplos de documentación podrían incluir copias de: recibos de alquiler o facturas de servicios públicos; registros escolares (cartas, informes de calificaciones, etc.); registros hospitalarios o médicos; declaraciones de constancia de su residencia por parte de entidades religiosas, sindicatos u otras organizaciones; certificados de nacimiento de niños nacidos en Estados Unidos; transacciones bancarias fechadas; recibos, título o registro de licencia de automóvil; escrituras, hipotecas o contratos de alquiler; pólizas de seguro; o declaraciones de impuestos o recibos fiscales.
Para los hijos no ciudadanos de los solicitantes, la evidencia de elegibilidad podría incluir:
Evidencia de la relación del niño con el padre no ciudadano, como un certificado de nacimiento o un decreto de adopción; evidencia del matrimonio legalmente válido del padre no ciudadano con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024, como un certificado de matrimonio; y evidencia de la presencia del niño en Estados Unidos al 17 de junio de 2024.