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¿Puedo tener remedio migratorio especial por ser un Inmigrante Juvenil?


Lourdes M. Leal | 12/3/2015, midnight
¿Puedo tener remedio migratorio especial por  ser un Inmigrante Juvenil?

Si todavía no has cumplido los 21 años y has sufrido abuso, abandono o negligencia por parte de uno o ambos de tus padres, pudieras tener derecho a aplicar ante el Servicio de Inmigración para obtener estatus legal como Inmigrante Juvenil Especial (“Special Immigrant Juvenile Status” o “SIJ”) y recibir la Residencia (green card), sin tener que salir fuera de los Estados Unidos. La aprobación como SIJ te daría estatus legal para vivir y trabajar permanentemente en los Estados Unidos, y hasta un camino para la Ciudadanía.

Si viniste a los Estados Unidos solo, sin tus padres, o si viniste para escapar del abuso de uno o ambos de tus padres, pudieras tener derecho para aplicar por el estatus SIJ. También pudieras tener derecho a aplicar aunque aún vivas con uno de tus padres. Si tienes un récord criminal o has estado en procedimientos de deportación con la Corte de Inmigración, como quiera pudieras tener derecho a aplicar a través de un perdón o reabriendo tu caso. Lo que es más importante, tienes derecho a aplicar por estatus SIJ aunque hayas entrado a los Estados Unidos sin visa o actualmente no tengas un estatus migratorio válido; es decir, puedes aplicar aunque seas indocumentado.

El estatus de Inmigrante Juvenil Especial es un tipo de remedio migratorio disponible para juveniles/niños (esas personas que son menores de 21 años y solteros) que están en los Estados Unidos y que han sido abusados, abandonados o víctimas de negligencia.

Para poder aplicar para el estatus SIJ, una Corte local Juvenil o de Familia tiene que declarar primero que eres de hecho un juvenil y que eres un dependiente de la Corte, porque has sufrido abuso, abandono o negligencia por parte de uno o ambos de tus padres. Abuso puede significar: daño mental o emocional, daño/lesión física o abuso sexual. Abandono puede significar: dejar a un niño sin proveerle cuidado o supervisión razonable y necesaria. Negligencia puede significar: dejar a un niño solo, sin nadie que lo cuide o en una situación peligrosa.

Después de que la Corte local ha hecho la declaración necesaria, y ha determinado que eres un dependiente Juvenil, entonces puedes presentar la petición con el Servicio de Inmigración para Estatus de SIJ junta con la aplicación para la Residencia. Recuerda, no tienes que estar en estatus legal actualmente para aplicar para SIJ. Sin embargo, si tienes que demostrar que no puedes volver a vivir con uno o ambos de tus padres y que regresar a tu país natal o al de tus padres no es en tu mejor interés.

Si piensas que puedes tener derecho a aplicar para el estatus SIJ, necesita representación frente a la Corte de Inmigración, o tiene preguntas sobre cualquier otro remedio inmigratorio, llame para una consulta con un abogado acreditado y con experiencia en casos de Inmigración, como los abogados de Morales & O’Connor, PLLC, al (512) 617-9600.

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