¿Cómo me pueden afectar las nuevas medidas migratorias?


1/8/2015, midnight
¿Cómo me pueden afectar las nuevas  medidas migratorias?

El anuncio del Presidente Obama del pasado 20 de noviembre incluyó cambios en las prioridades de control migratorio. Estos cambios son efectivos desde el pasado 5 de enero del 2015 e incluirán nuevos criterios para determinar quiénes son una amenaza para el orden público; quién será detenido por los oficiales de Inmigración y también quién debe ser deportado.

Bajo estas nuevas pólizas, todas las agencias del Departamento de Seguridad (DHS), trabajarán bajo un solo mandato de prioridades de control migratorio enfocado en la remoción de personas consideradas como una amenaza a la seguridad nacional, a la seguridad pública y a la seguridad fronteriza.

Estas agencias, el Servicio de Inmigración (USCIS), la Policía, la Fiscalía de Inmigración (ICE) y la Protección Fronteriza (CBP) considerarán como prioridad principal para remoción y detención a las personas involucradas o sospechosas de terrorismo o espionaje; personas convictas por felonías (felonies); personas convictas por ofensas definidas como felonías graves por las leyes de Inmigración; personas relacionadas a pandillas/gangas/maras o involucradas intencionalmente en actividades pandilleras; y personas que han cruzado recientemente la frontera de manera ilegal.

El segundo nivel de prioridad para el control migratorio incluye a las personas convictas por varios (tres o más) o significativos delitos menores (misdemeanors), como las personas que han cruzado recientemente la frontera de manera ilegal después del 1 de enero del 2014 y también las personas que han violado gravemente el programa de visas de Estados Unidos. Este segundo nivel no incluye a las personas con cargos menores por violaciones de tráfico o por no tener estatus migratorio válido. El tercer y más bajo nivel de prioridad para la remoción del país esta designado para las personas que han recibido una orden de remoción/expulsión/deportación después del 1 de enero del 2014.

Tenga en mente los siguiente: aunque estas prioridades de control migratorio ya estan en efecto, el que usted caiga bajo una de estas categorías de niveles de prioridad no evita la posibilidad de obtener alivios migratorios para los cuales usted sea elegible. Es decir, el ser elegible para un alivio migratorio le puede ofrecer un tipo de protección en contra de la remoción. Esto incluye ya estar peleando su caso frente a la Corte de Inmigración; tener lista su petición para el asilo político, residencia o proceso consular a través de un familiar ya pendiente o pronto disponible, y calificar para la Acción Diferida bajo los nuevos programas para padres y jóvenes.

Recuerde, esta protección no es total, ya que cualquier persona sin estatus legal válido puede ser candidato para la deportación si un oficial director de las agencias del DHS determina que su remoción serviría un interés federal importante.

Si tiene preguntas sobre las prioridades de control migratorio, necesita representación frente a la Corte de Inmigración o tiene preguntas sobre cualquier otro alivio inmigratorio, llame para una consulta al (512) 617-9600 de Morales, O’Connor, Narvaez & Garza, abogados con experiencia.